jueves, 17 de febrero de 2022

LA CUME: UNA BUENA IDEA EN MUY MALAS MANOS

 Hace casi cuatro años os contamos que el papá de Diego se había cogido una reducción de jornada, la denominada CUME (prestación por cuidado de hijos menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave). 

En su momento os explicamos que:

  1. es una reducción de jornada de entre el 50 y el 99% sin pérdida de sueldo 
  2. se tramita a través de la mutua 
  3. se puede solicitar hasta que el niño con la enfermedad grave tenga 18 años.
  4. deben trabajar (y cotizar) ambos progenitores
También os relatamos como había ocasiones en las que las mutuas ponían mil pegas para conceder la presentación.


Recientemente la ley que regula esta reducción ha cambiado y se ha ampliado hasta los 23 años la edad de la persona con enfermedad grave, lo cual es un gran logro, ya que este tipo de niños no dejan de necesitar cuidados por cumplir 18 años, aunque no sea la solución definitiva, ya que, por desgracia, nuestros hijos no van a mejorar y dejar de necesitar cuidados continuados cuando cumplan 24.

El problema es que, después de este tiempo, las cosas, lejos de mejorar, han ido a peor en lo que se refiere a la solicitud y tramitación de la prestación por parte de las mutuas: siguen poniendo mil problemas para hacerlo y se dedican a pedir documentación que en realidad no es necesaria y retrasar los trámites para ver si así desistes.

Es una vergüenza que una entidad privada te ponga problemas para que disfrutes de una prestación a la que tienes derecho por ley y que además ellos pagan con dinero público.



Es por eso que desde distintos sectores se está levantando la voz y haciendo visible esta situación tan injusta y de tan poca catadura moral, e instando a la Seguridad Social a pronunciarse y frenar la impunidad de las mutuas. 

Los puntos principales que demandan son: 

  • Que se conceda la prestación a todas las familias que se les denegó porque sus hijos cumplieron 18 años.
  • Que las mutuas no pidan más documentación de la que marca el decreto 1148/2011 (no más peticiones de escolarización, asistencia al colegio ni informes médicos, certificados de horario laboral o de los ingresos hospitalarios de nuestros hijos). A ningún trabajador de una mutua le interesa saber esa información.
  • Que quede claro que no es obligatorio una hospitalización previa de larga duración para tener derecho a esta prestación.
  • Que no haya límite de edad. En la mayoría de casos son grandes dependientes que van a necesitar cuidado directo, continuo y permanente.
  • Que sean las familias las que decidan cuánto deben reducirse la jornada, no la mutua.
Desde aquí instamos a todos aquellos que la quieran solicitar a no dejarse amedrentar, no aceptar estas imposiciones y seguir insistiendo para conseguir una de las pocas prestaciones pensadas para conseguir el bienestar del niño/a sin que sea a costa de la situación laboral (y económica) de la familia. 



Sabéis que nos ponemos a vuestra disposición para intentar ayudaros si tenéis alguna duda con los requisitos o trámites a seguir. 


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